El documento describe la supresión de los requisitos de revisión de las notificaciones autogestionadas presentadas a la COFEPRIS, expone el mantenimiento de la supervisión reguladora, especifica las excepciones y destaca el avance hacia la transformación digital.

Este documento recoge la siguiente información:

  • Supresión del procedimiento de revisión y aprobación urgentes para la mayoría de las notificaciones presentadas ante la COFEPRIS
  • Aclaración de que las notificaciones se consideran ahora procedimientos autogestionados
  • Igual validez jurídica para las presentaciones en papel y electrónicas mediante los correspondientes acuses de recibo
  • La responsabilidad permanente de las entidades reguladas de cumplir con toda la normativa sanitaria pertinente
  • Medidas continuas de verificación, vigilancia y control sanitario por parte de la COFEPRIS tras la presentación
  • Posibilidad de que se impongan sanciones y se adopten medidas de seguridad en caso de que se detecten irregularidades o incoherencias en la información presentada
  • Excepciones relativas a determinados avisos de importación y exportación, que seguirán requiriendo revisión hasta que se apliquen los ajustes técnicos
  • Colaboración con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para promover las buenas prácticas reguladoras y reducir la burocracia sin poner en peligro la salud pública
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