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Según el Reglamento (CE) nº 1223/2009, todo producto cosmético que se introduzca en el mercado europeo debe ser seguro para su uso. Para cumplir el Reglamento, un evaluador de la seguridad de los productos cosméticos asignado al producto debe presentar un informe sobre la seguridad del producto cosmético (ISPP ), que demuestre la seguridad del producto. Es el elemento más importante del expediente de información sobre el producto (PIF) asociado al producto cosmético. El CPSR es un informe exhaustivo que incluye múltiples módulos y se almacena en varias bases de datos. Debe contener, como mínimo, toda la información definida en el anexo I del reglamento. La información proporcionada en el IRCP debe ser fácilmente recuperable, estar directamente disponible y ser de fácil comprensión. Debe redactarse de forma muy transparente y reflejar la información solicitada en el Anexo I. En caso de que alguna información no pueda incluirse directamente en el documento, su documento de referencia puede vincularse al CPSR.

Según el anexo I, el informe debe constar de dos partes:

  • Parte A - Información sobre la seguridad de los productos cosméticos
  • Parte B - Evaluación de la seguridad de los productos cosméticos

Parte A - Información sobre la seguridad de los productos cosméticos

La parte A contiene todos los datos necesarios relativos a la evaluación de la seguridad del producto cosmético. Este módulo consta de diez secciones. Si se dispone de todos los datos necesarios, puede concluirse el CPSR; de lo contrario, deben realizarse las pruebas necesarias.

  1. Composición del producto cosmético: cualitativa y cuantitativa
  2. Estabilidad del producto cosmético y de sus características, tanto químicas como físicas.
  3. Especificaciones microbiológicas del producto cosmético
  4. Información sobre el material de envasado, como impurezas, restos de ingredientes prohibidos, etc.
  5. Uso previsible del producto
  6. Exposición al producto cosmético y sus vías de exposición secundarias
  7. Exposición a las sustancias
  8. Efectos toxicológicos de los ingredientes  
  9. Efectos indeseables y efectos indeseables graves
  10. Datos relativos al producto cosmético

Parte B - Evaluación de la seguridad de los productos cosméticos

La parte B consta de notas del evaluador de seguridad cosmética sobre la seguridad del producto y consta de 4 secciones.

  1. Conclusión de la evaluación de seguridad
  2. Instrucciones y advertencias relativas al uso y etiquetado del producto
  3. Razonamiento
  4. Credenciales del evaluador y aprobación de la parte B

El CPSR es necesario para garantizar la seguridad y eficacia de un producto cosmético para su comercialización en el mercado europeo. Por lo tanto, redactarlo y compilarlo es una tarea crucial para las empresas que se introducen en el mercado de la UE. ¿Es usted uno de ellos? Entonces podemos pedirle que consulte a un grupo de evaluadores de seguridad cualificados y contrastados. Póngase en contacto con sales@freyrsolution.com.