"El Jefe de la Autoridad de Alimentos y Medicamentos de Indonesia (BPOM) emitió la Decisión nº 278 de 2025 para establecer oficialmente el Programa de Desarrollo Normativo (Progsun) para 2025. Este programa esboza una agenda detallada para la redacción y revisión de los reglamentos bajo la jurisdicción de BPOM, que abarca la supervisión de productos farmacéuticos, medicinas tradicionales, suplementos de salud, alimentos, cosméticos, y las reformas administrativas y estructurales relacionadas. La decisión ordena a cada departamento y unidad del BPOM que se coordine con la Oficina de Legislación y Organización para formular las normativas necesarias, con el fin de mejorar la protección de la salud pública y alinearse con los objetivos nacionales de desarrollo. El anexo incluye numerosos proyectos normativos previstos, como revisiones de las normas de publicidad de medicamentos, nuevos requisitos de etiquetado para la información sobre el origen de los productos, normas actualizadas para cosméticos y excipientes, y marcos mejorados para la estructura organizativa y la planificación estratégica. La decisión tiene efecto retroactivo a partir del 2 de enero de 2025. Esta hoja de ruta prioriza el desarrollo y la revisión de normativas destinadas a mejorar la seguridad, la transparencia y la competitividad en los sectores alimentario, de complementos alimenticios, cosmético y farmacéutico. Esta actualización se centra específicamente en el segmento de la alimentación y los complementos alimenticios, y aborda áreas clave como el etiquetado, el registro, la importación, la distribución y la retirada de productos, entre otras: Etiquetado nutricional revisado para alimentos procesados El umbral de declaración de grasas trans se reduce de ≤1g/100g a ≤0,5g/100g. Etiquetado obligatorio ""por porción"" (antes sólo se permitía por 100g). Actualización de las normas sobre declaraciones de propiedades relativas al azúcar: umbrales ""bajos en azúcar"": Alimentos sólidos: ≤3g/100g (antes ≤5g) Alimentos líquidos: ≤1,5g/100mL (antes ≤2,5g). Los azúcares añadidos incluyen ahora los concentrados de zumo de frutas y los jarabes de malta. Deben especificarse los azúcares naturales (por ejemplo, de frutas) o los sustitutos del azúcar (por ejemplo, eritritol). Declaraciones prohibidas: Se prohíben términos como ""sin azúcar"" o ""sin azúcar añadido""; sólo se permite ""sin azúcares añadidos"" (excepto para productos alcohólicos)."
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