El 29 de enero de 2025, la European Commission el Reglamento (UE) 2025/140, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1334/2008 para incluir la sustancia aromatizante (E)-3-benzo[1,3]dioxol-5-il-N,N-difenil-2-propenamida (FL n.º 16.135) en la lista de la Unión de aromas autorizados. Esta decisión se basa en una evaluación de seguridad realizada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que concluyó que la sustancia no plantea problemas de seguridad en los niveles estimados de exposición alimentaria. El reglamento especifica los niveles máximos de uso de este aromatizante en diversas categorías de alimentos, como 250 mg en determinados alimentos, 500 mg en la categoría 5.3 y 150 mg en la categoría 5.4. El reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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