El 10 de febrero de 2025, la Agencia de Asuntos del Consumidor (CAA) de Japón propuso establecer un límite combinado de 50 nanogramos por litro (ng/L) para el sulfonato de perfluorooctano (PFOS) y el ácido perfluorooctanoico (PFOA) en el agua mineral esterilizada o desinfectada, alineándolo con las normas existentes para el agua del grifo. El objetivo de esta iniciativa es mejorar la protección de la salud de los consumidores garantizando la coherencia de las normas de calidad del agua. Se prevé que la propuesta se adopte formalmente tras un nuevo examen.

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