A partir del 1 de enero de 2025, Minnesota hará cumplir las prohibiciones de PFAS en virtud de la Ley de Amara (Minn. Stat. § 116.943). Se prohibirán los productos con PFAS añadidos intencionadamente en categorías como productos de limpieza, cosméticos, hilo dental, tratamientos de tejidos, productos juveniles, productos para la menstruación, mobiliario textil y cera para esquiar. También se incluyen algunos envases. Aunque los PFAS son comunes en estos artículos, existen alternativas. La MPCA puede ampliar las prohibiciones si es probable que se produzcan daños ambientales. No se aplican exenciones ni prórrogas de plazos. Las determinaciones de "uso actualmente inevitable" no afectan a estas prohibiciones. Los fabricantes deben mantenerse informados, ya que la MPCA no proporcionará notificaciones directas. Estas restricciones siguen a las prohibiciones de PFAS de 2024 en espumas contra incendios y envases de alimentos. La elaboración de normas aclarará los usos evitables.

Región de Noticias:
Norteamérica
Mercado de noticias:
Estados Unidos de América (EE.UU.)
Noticias Tags:
Embalaje
Productos para la menstruación
Mobiliario textil
Producto de limpieza
PFAS
Agencia de Control de la Contaminación de Minnesota