"El documento describe el procedimiento de reconocimiento mutuo de los complementos alimenticios en España. Este principio permite que los complementos alimenticios comercializados legalmente en un Estado miembro de la UE puedan venderse en España, aunque no cumplan plenamente la normativa española. Puntos clave: Garantiza el libre comercio de complementos alimenticios dentro de la UE manteniendo la seguridad de los consumidores. Se aplica a ingredientes no armonizados, es decir, sustancias que no están reguladas uniformemente en toda la UE. Las empresas deben presentar documentación que demuestre que el producto se comercializa legalmente en otro país de la UE. Las autoridades españolas examinarán las solicitudes y evaluarán la conformidad. Su objetivo es eliminar las barreras comerciales y simplificar el proceso para las empresas. Este procedimiento contribuye a agilizar la importación y venta de complementos alimenticios en España, al tiempo que garantiza la supervisión reglamentaria."

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