ANVISA Publica Tres (03) Nuevas Resoluciones para Cosméticos
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Brasil es el mayor mercado de cosméticos de la región latinoamericana. La creciente concienciación de los consumidores y el aumento de la renta disponible garantizan un crecimiento constante del mercado. Las principales marcas internacionales de cosméticos también están presentes en este atractivo mercado.

Como fabricante de cosméticos, es necesario mantenerse informado sobre las cambiantes normativas de todo el mundo. El incumplimiento de la normativa específica de una región suele dar lugar a medidas disciplinarias por parte de las autoridades competentes.

En Brasil, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) regula la producción, importación y comercialización de productos cosméticos. Las empresas cosméticas están obligadas a notificar o registrar sus productos cosméticos ante la ANVISA lanzarlos al mercado brasileño.

Para garantizar la seguridad y el bienestar de los consumidores, ANVISA introducido tres (03) resoluciones del Consejo Colegiado (RDC). Estas resoluciones, publicadas en el boletín oficial el 11 de agosto de 2021, son aplicables a los cosméticos, perfumes y productos de cuidado personal.

Las Resoluciones son las siguientes:

  1. RDC 528/2021:

Esta resolución incluye elementos de acción conservante, que están permitidos en cosméticos, perfumes y productos de cuidado personal. Contiene una lista con una descripción de sesenta (60) sustancias.

  1. RDC 529/2021:

En esta resolución se identifican 1.404 sustancias prohibidas que no pueden utilizarse en productos de cuidado personal, cosméticos y perfumes.

  1. RDC 530/2021:

El tercer reglamento - RDC 530/2021, contiene una lista de más de 100 elementos que no están permitidos en los productos cosméticos salvo en las condiciones y restricciones establecidas por la Agencia. La misma ley contiene también una lista separada de veintiséis (26) componentes de fragancias y aromas. Estos componentes deben indicarse en el etiquetado de cosméticos, perfumes y artículos de cuidado personal cuando su concentración supere el 0,001% en productos sin aclarado y el 0,01% en productos con aclarado.

ANVISA establecido un plazo de treinta y seis (36) meses para que las empresas de cosméticos adapten sus productos y garanticen el cumplimiento de las resoluciones. Para obtener una comprensión profunda de la normativa brasileña y asistencia en materia de regulación en el mercado brasileño de cosméticos, reach con un experto regional en regulación.

Manténgase informado. Cumpla las normas.