
Para garantizar que los cosméticos cumplen las últimas normas de calidad y seguridad, los mercados de todo el mundo tienen estrictos requisitos normativos. En mercados como la Unión Europea, el Reino Unido, Malasia, India, Arabia Saudí, etc., es obligatorio nombrar a un representante legal/persona responsable (PR)/agente local/titular de licencia para cumplir las normas locales. Debido a las limitaciones económicas y operativas, el establecimiento de filiales propias en cada país puede no ser factible para todos los fabricantes de cosméticos. Por lo tanto, los fabricantes deben designar a una persona responsable para entrar en el mercado sin problemas.
¿Quién puede actuar como persona responsable (PR)?
- Fabricante local
- Importador/Distribuidor
- Una tercera empresa especializada establecida en el mercado local
Socio regulador especializado frente a importador/distribuidor como persona responsable
Muchos fabricantes y propietarios de marcas optan por designar a sus distribuidores como personas responsables/titulares de licencias. Sin embargo, a pesar del bajo coste, esta opción puede no ser beneficiosa a largo plazo, ya que deben tenerse en cuenta varios aspectos a la hora de seleccionar a una Persona Responsable. Entre ellos figuran:
I. Áreas de especialización
La empresa o la persona que comercializa un producto es responsable de garantizar su seguridad y calidad y de velar por el cumplimiento de los requisitos reglamentarios aplicables. La descripción del puesto y las competencias requeridas de una Persona Responsable son muy específicas. El conocimiento de la legislación específica de cada país y la experiencia reglamentaria para responder a las preguntas de la Autoridad son los factores esenciales para este puesto.
II. Confidencialidad
De acuerdo con los requisitos reglamentarios, la persona responsable/titular de la licencia debe tener a su disposición en las instalaciones una copia del expediente de información sobre el producto (PIF)/documentos confidenciales/dossier del fabricante. El PIF/dossier contiene la formulación del producto, la seguridad del producto, los procesos de fabricación, los datos de las pruebas, la información sobre el cumplimiento, los datos de corroboración de los efectos declarados y las alegaciones de los productos, etc. En tal situación, el fabricante debe tener un alto grado de confianza en su distribuidor y asegurarse de que la información se maneja con la máxima confidencialidad.
III. Conflicto de intereses/imparcialidad
En muchas circunstancias, la motivación principal de un distribuidor puede ser únicamente comercial. Aunque esto no es necesariamente malo, puede dar lugar a conflictos de intereses, especialmente cuando un distribuidor trabaja con varios fabricantes. Por ejemplo, en términos de expansión, priorización o presión exitosa en nombre de otros fabricantes, un distribuidor puede tener un conflicto de intereses.
Teniendo en cuenta los factores anteriores, se recomienda encarecidamente que los fabricantes designen a un tercero neutral como Persona Responsable (PR) para proteger sus intereses reglamentarios. Póngase en contacto con un socio acreditado para los servicios de Persona Responsable (PR)/Agente Local en los mercados cosméticos de su interés.