Panorama de la normativa sobre cosméticos en Kenia
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Kenia cuenta con un marco normativo bien establecido que regula la industria cosmética, supervisado por dos (02) autoridades sanitarias clave: la Oficina de Normalización de Kenia (KEBS) y la Junta de Farmacia y Venenos (PPB).

Definición y clasificación de los productos cosméticos

En Kenia, un producto cosmético se define como cualquier sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con diversas partes externas del cuerpo humano (por ejemplo, la epidermis, el sistema piloso, las uñas, los labios y los órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas de la cavidad bucal, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, cambiar su aspecto, corregir los olores corporales y protegerlos o mantenerlos en buen estado.

Requisitos reglamentarios

Todos los productos cosméticos vendidos en Kenia deben cumplir la norma keniana KS 2937:2021, que establece los requisitos específicos para los productos cosméticos. Incluye normas sobre ingredientes, etiquetado, alegaciones y autorización posterior a la comercialización.

Vía reglamentaria

En Kenia, los productos cosméticos pueden certificarse por varias vías, entre ellas el programa de Verificación de Conformidad Previa a la Exportación (PVoC). Esta vía implica la presentación de una solicitud y la documentación del producto, así como el pago de las tasas exigidas. Un funcionario de la KEBS también puede visitar las instalaciones de fabricación para realizar una inspección. Una vez aprobado, se expide un permiso de uso de la marca KEBS para el producto.

Etiquetado y alegaciones

Las etiquetas de los productos cosméticos deben cumplir los requisitos de etiquetado establecidos en la norma KS EAS 346, incluida información obligatoria como el nombre del producto, los datos del fabricante y la lista de ingredientes. Las afirmaciones que figuren en la etiqueta del producto deben ser veraces y no engañosas.

Registro y notificación de productos

Dependiendo de la categoría del producto, los cosméticos pueden requerir el registro o la notificación a las autoridades reguladoras. El registro es obligatorio para los productos clasificados como farmacéuticos o regulados por la PPB, mientras que la notificación es necesaria para los productos cosméticos en general en virtud de la KEBS.

En conclusión, los fabricantes que entren en el mercado keniata deben estar atentos a la hora de descifrar la normativa sobre productos cosméticos para evitar problemas de última hora. En este caso, consultar a un experto en regulación con una fuerte presencia en la India puede resultar beneficioso.