FSSAI Amends Labelling &amp; Display Regulation <span>Makes INR (Indian Nutrition Rating) Mandatory on FOPNL of Food Products</span>
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La Autoridad de Seguridad Alimentaria y Normas de la India (FSSAI) publicó el 14 de septiembre de 2022 un proyecto de notificación por el que se modifican las Normas de Seguridad Alimentaria y Normas (Etiquetado y Exhibición) de 2020. Estas normas pueden denominarse Normas de Seguridad Alimentaria y Normas (Etiquetado y Exhibición) Modificadas de 2022. Entrarán en vigor en la fecha de su publicación definitiva en el Boletín Oficial. El cumplimiento será voluntario hasta 48 meses después de la fecha de notificación definitiva de estas normas y se espera que sea obligatorio a partir de entonces.

A continuación figuran los puntos más destacados de la enmienda

  • Se añade al reglamento modificado la definición de etiquetado nutricional en la parte frontal del envase (FOPNL) y de alimentos con alto contenido en grasas, azúcar y sal (HFSS).
  • El nombre de los ingredientes utilizados en el producto se enumerará en orden decreciente de su composición por peso o volumen, en el momento de su fabricación; siempre que se declare el porcentaje de frutas, hortalizas, frutos secos, legumbres y mijo, si están presentes en el producto alimenticio.
  • La fibra dietética (g) también se declarará para la información nutricional por 100 g o 100 ml o por envase de consumo único del producto
  • La declaración del Indian Nutrition Rating (INR) en la FOPNL constituye una parte importante de esta enmienda.
  • Las siguientes categorías explican cómo visualizar el INR
    • Valores de referencia y categorías
      • A efectos del etiquetado nutricional en la parte frontal del envase (FOPNL), los valores de referencia básicos para cuatro (04) factores que aumentan el riesgo para la salud, es decir, energía, azúcares totales, grasas saturadas y sodio por cada 100 g o 100 ml producto; y el porcentaje mínimo de nutrientes positivos, a saber, frutas y verduras (FV); frutos secos, legumbres y mijo (NLM), fibra y proteínas, se tienen en cuenta en el cálculo de la calificación de alimentos sólidos o líquidos específicos.
      • Además, todos los productos alimentarios transformados y envasados cubiertos por la normativa vigente en materia de EEA se clasifican en tres (03) categorías:
        • Categoría I (Alimentos sólidos),
        • Categoría II (Alimentos líquidos)
        • Categoría III (exenta de la FOPNL)
      • El sistema de formato de presentación pictórica se denominará Indian Nutrition Rating (INR).
    • Formato de visualización pictórica
      • Todos los alimentos envasados, excepto aquellos exentos de la información nutricional en virtud de la presente normativa, deberán mostrar el formato prescrito (INR) en la parte frontal del envase, calculado en función del aporte energético (en kilocalorías; kcal), grasas saturadas (g), azúcares totales (g), sodio (mg) y nutrientes positivos por cada 100 g de alimento sólido o 100 ml alimento líquido, utilizando la siguiente fórmula:
      • Puntuación final INR = (INR puntos basales) - [(INR FV* puntos) + (INR NLM* puntos) + (INR P* puntos) + (INR F* puntos)].
      • Los puntos básicos, los puntos FV, los puntos NLM, los puntos P y los puntos F se detallan en el proyecto de notificación y deben elegirse en función de la categoría de producto correspondiente.

El sistema INR califica el perfil nutricional general de los alimentos envasados asignándoles una puntuación de media (½) estrella (menos saludable) a cinco (05) estrellas (más saludable). Un mayor número de estrellas indica que el producto alimenticio está mejor posicionado para cubrir las necesidades diarias de nutrientes del ser humano.

El formato del logotipo para INR es el que se indica a continuación:

  • Generación del logotipo INR
    • La OC presentará el perfil nutricional pertinente de su producto en el sistema FoSCoS para generar la puntuación INR respectiva y el logotipo con o sin la información interpretativa opcional.
  • Los productos alimenticios con un logotipo de leche, tal como se especifica en el Reglamento de Seguridad Alimentaria y Normas (Normas de Productos Alimenticios y Aditivos Alimentarios) de 2011, estarán exentos del ámbito de aplicación de la definición de HFSS.
  • FSSAI introducido además las directrices de los Anexos III y IV sobre el cálculo adecuado de la calificación INR y las listas de alimentos exentos.

En resumen, los operadores de empresas alimentarias (FBO) deben estar preparados para cumplir estas normativas con el fin de entrar en el mercado indio de forma conforme. Para obtener más información y hablar con nuestros expertos, reach con Freyr.