En virtud del Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP), las empresas químicas que deseen comercializar en el mercado europeo mezclas químicas peligrosas, como pinturas, revestimientos, detergentes, disolventes, etc., están obligadas a notificar los riesgos que entrañan sus productos. Los centros de toxicología se encargan de recopilar la información pertinente sobre las mezclas peligrosas y de proporcionar asesoramiento médico en caso de emergencia sanitaria.
Ante la diversidad de sistemas de notificación y requisitos de información existentes en los distintos países de la UE, se implementó el ANEXO VIII del CLP . Su objetivo es armonizar la información sobre sustancias peligrosas y el formato que debe presentarse a los centros de toxicología para mejorar las respuestas de emergencia.
Plazos de notificación
El artículo 45 del CLP describe las obligaciones de notificación que deben cumplir los importadores y los usuarios intermedios que deseen comercializar mezclas químicas peligrosas en el mercado de la UE.
- supprimer plazo finalizó el1 desup 2021 paralas mezclas clasificadas como peligrosas parael uso por parte de los consumidores y los productos de uso profesional. Por lo tanto,las empresas que fabrican estos productos deben cumplir con el nuevo formato armonizado de PCN.
- Las mezclas destinadas auso industrial deberáncumplir con la normativa a partir del1st de enero de 2024.
- Lassupas que ya se comercializan y que se notifican con arreglo a la legislación nacional deberán cumplirsup a partirdel 1sup de 2025.
La fecha más temprana se aplica si una mezcla tiene más de uno de los usos anteriores, ya sea para uso directo o para la fabricación más adelante en la cadena de suministro. Las mezclas están sujetas a los requisitos nacionales de información existentes antes de la fecha de aplicabilidad pertinente.
Si se produce un cambio en las mezclas ya notificadas con arreglo a la legislación nacional, las empresas deben enviar notificaciones basadas en los requisitos de información más recientes de acuerdo con el anexo VIII.
Nuevo formato armonizado
Las empresas que deseen presentar la notificación al Centro de Toxicología deben proporcionar la información requerida utilizando el nuevo formato armonizado. El formato está XML y es compatible con IUCLID. El nuevo formato armonizado debe contener la siguiente información:
- Datos del remitente
- Información detallada sobre las mezclas, como clasificación, etiquetado, información toxicológica, pH, forma, estado físico, composición, etc.
- Identificador único de formulación (UFI)
- Información sobre el producto, como tipo, tamaño del envase, categoría, color, etc.
Si no se envía la información requerida en el nuevo formato dentro de los plazos especificados, se aplicarán las multas correspondientes o se prohibirá la comercialización del producto. Por lo tanto, es fundamental analizar toda su cartera de productos y optimizar su sistema de gestión de datos al formato PCN armonizado antes de que finalicen los plazos pertinentes. Para evitar problemas y cumplir con la normativa, reach con un experto en presentaciones reglamentarias de productos químicos.
