CDSCO la Norma sobre dispositivos médicos de 2017
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Con el fin de reforzar la normativa sobre productos sanitarios en la India, la Central Drugs Standard Control Organization CDSCO) ha publicado dos enmiendas definitivas a la Norma sobre Productos Sanitarios de 2017. Se espera que las enmiendas aporten más claridad sobre el alcance de los productos sanitarios y establezcan una vía de registro acelerada para determinados productos. La CDSCO anunciado que ambas enmiendas entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2020. Pero, ¿cómo afectarán exactamente al panorama normativo de los productos sanitarios en la India? Veámoslo.

Primera enmienda

De acuerdo con la primera enmienda, la CDSCO ampliado la definición de «producto sanitario» en su normativa. La nueva definición de productos sanitarios se ajusta más a la del Grupo de Trabajo para la Armonización Global (GHTF). El objetivo de revisar la definición era ampliar el alcance de los productos sanitarios que deben registrarse en la India.

Segunda Enmienda

El 11 de febrero de 2020, la CDSCO el «Capítulo: IIIA - Registro de productos sanitarios»a la Norma sobre productos sanitarios de 2017 ya existente. El capítulo se introdujo para regular determinados productos sanitarios que anteriormente no estaban regulados por la norma. Ofrece una nueva vía de registro a los fabricantes aplicables, en la que pueden proporcionar la documentación y las certificaciones necesarias para la revisión reglamentaria a través de un portal en línea. Además, los productos que entren en el mercado indio por esta vía estarán exentos de otros requisitos de la Norma sobre productos sanitarios de 2017.

Al registrarse, los fabricantes tendrán que presentar a la autoridad sanitaria cierta información, como los datos del fabricante, los datos del producto, el certificado de libre venta y la información ISO. Una vez completada la presentación, el fabricante recibirá un número de registro, que podrá utilizar en la etiqueta a efectos de comercialización.

Período voluntario y plazos

La CDSCO también CDSCO concedido a los fabricantes un periodo voluntario de 18 meses a partir de la fecha de aplicación del capítulo IIIA. Tras la fecha de aplicación, la modificación será obligatoria para todos los fabricantes de productos sanitarios. Los requisitos reglamentarios de las modificaciones se aplicarán a los productos sanitarios de la siguiente manera:

  1. Clase A y Clase B - 30 meses después de la fecha de aplicación
  2. Clase C y Clase D - 42 meses después de la fecha de aplicación

Actualmente, la mayoría de los dispositivos médicos nacionales no están registrados en la CDSCO. Una vez que estas enmiendas entren en vigor, todos los fabricantes estarán obligados a registrar sus dispositivos ante la autoridad sanitaria. Para que el registro y la entrada en el mercado se realicen con éxito, se recomienda a los fabricantes que consulten a un experto en normativa con una fuerte presencia en la India. Registre sus dispositivos durante el periodo voluntario. Manténgase al día. Cumpla con la normativa.

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